Flexibilización de ciertas restricciones a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior.
22 de mayo de 2020.
La presente orden tiene por objeto flexibilizar ciertas restricciones en los municipios de menor tamaño que aún se encuentran en Fase 0 y Fase 1 del Plan de transición hacia una nueva normalidad.
Se establecen medidas en materia de higiene y prevención de aplicación para la apertura de cualquiera de los establecimientos citados en esta orden, entre otros: mercados al aire libre o de venta no sedentaria, establecimientos de hostelería y restauración, servicios y prestaciones en materia de servicios sociales; así como en materia de velatorios y entierros, lugares de culto, bibliotecas y actividad deportiva, y en materia de apertura de instalaciones deportivas al aire libre.
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