Flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
1 de junio de 2020.
La presente orden tiene por objeto establecer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En la misma, se establecen medidas en materia de higiene y prevención de aplicación para la apertura de cualquiera de los establecimientos citados en esta orden.
Las medidas dispuestas por la presente orden podrán ser completadas por planes específicos de seguridad, protocolos organizativos y guías adaptados a cada sector de actividad, que aprueben las Administraciones Públicas o sus organismos dependientes o vinculados, una vez oídas las partes implicadas, así como por aquellos que sean acordados en el ámbito empresarial entre los propios trabajadores, a través de sus representantes, y los empresarios o asociaciones y patronales de cada sector.
Síguenos también en si quieres que te mantengamos informado.
LinkedIn si quieres que te mantengamos informado.
Consulte la versión descargable en formato PDF.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
FREMAP pone a disposición de empresas y trabajadores el espacio web “Coronavirus. ¿Qué debes conocer?” con enlaces a información oficial publicada, videos divulgativos y carteles informativos sobre el coronavirus. Pincha para acceder y/o compártelo: "https://prevencion.fremap.es/Parallax/coronavirus/index.html".