Se flexibilizan las condiciones del trabajo de los conductores profesionales del transporte de mercancías.
27 de marzo de 2020.
Esta Resolución flexibiliza las condiciones del trabajo de los conductores reduciendo el riesgo de la salud de los mismos, al mismo tiempo que se facilitan los transportes que garanticen el abastecimiento.
En concreto se destaca que:
- Permite extender la duración del período de conducción diaria.
- Reduce un descanso semanal de 45 horas a un descanso continuado de al menos 24 horas.
- Permite que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo.
Lo establecido en la Resolución es de aplicación a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías en todo el territorio nacional desde el día 29 de marzo de 2020 hasta el día 12 de abril del 2020.
Consulte la versión descargable en formato PDF.
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